¿Qué no pueden portar los automóviles?

¿Qué no pueden portar los automóviles?

                                                                                                           marcado en el artículo 87⇠

  1. instalación y uso de torretas, faros rojos en la parte delantera, o blancos en la parte trasera, sirenas y accesorios de uso exclusivo para vehículos policiales o de emergencia
  2. utilizar los colores y emblemas privativos de los vehículos policiales y de emergencia.(podrán utilizar torretas de color amarillo aquellos autos destinados a la conservación y mantenimiento de la vía publica e infraestructura urbana, así como los de auxilio vial)
  3. polarizar u obscurecer el parabrisas y cristales laterales delanteros del vehiculo
  4. aparatos de sonido para fines publicitarios, comerciales, o de cualquier índole sin la previa regularización y autorización para circular en determinadas rutas.

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