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¿Qué no pueden portar los automóviles?
¿Qué no pueden portar los automóviles?
marcado en el artículo 87⇠
- instalación y uso de torretas, faros rojos en la parte delantera, o blancos en la parte trasera, sirenas y accesorios de uso exclusivo para vehículos policiales o de emergencia
- utilizar los colores y emblemas privativos de los vehículos policiales y de emergencia.(podrán utilizar torretas de color amarillo aquellos autos destinados a la conservación y mantenimiento de la vía publica e infraestructura urbana, así como los de auxilio vial)
- polarizar u obscurecer el parabrisas y cristales laterales delanteros del vehiculo
- aparatos de sonido para fines publicitarios, comerciales, o de cualquier índole sin la previa regularización y autorización para circular en determinadas rutas.
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